Desde el pasado mes de abril, el Reglamento General de Vehículos cuenta con algunas modificaciones. Esto incluye una novedad sobre los vehículos que llegan al final de su vida útil, y por ello, la DGT contactará con sus propietarios durante todo 2021. Si recibes una carta, permanece atento.

Y es que, según la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado el 13 de abril, el Real Decreto 265/2021, con vigencia a partir de 2022, pretende acabar con los “coches zombies”. En otras palabras, la Dirección General de Tráfico quiere confirmar qué coches están dados de baja de forma temporal pero, en realidad, siguen circulando.
De esta manera, se establece que, si pasado un año de la baja temporal el usuario no solicita una prórroga de la misma, el coche volverá a estar automáticamente en situación activa, teniendo así la obligación de abonar los importes correspondientes a los seguros e impuestos.
Hasta ahora, no existía ningún límite para que el coche permaneciera en baja temporal pero, con este cambio, el propietario tendrá que comunicar su intención de prorrogar la baja al menos con dos meses de antelación a la fecha que la misma finalice.
También la ITV
En esa carta que la DGT mandará a los hogares también podrá aparecer reflejada otra situación.
Así, los coches que estén declarados como siniestro total, han de pasar la ITV si quieren seguir circulando. De esta manera, asegurarán que, tras haberlo reparado en una situación de siniestro, siga siendo seguro y cumpla las condiciones exigidas al resto de vehículos.
Este paso de inspección será también necesario para revender el coche
Baja definitiva
El reglamento recoge también una novedad respecto a los vehículos que lleven 10 años sin pasar la ITV o no hayan suscrito seguro durante ese tiempo.
De esta manera, la institución podrá dar de baja de oficio estos coches, aunque podrá revocarse si el propietario acredita la existencia del vehículo y el cumplimiento de los requisitos para obtener nuevamente el permiso de circulación

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