¿En qué caso se puede rebasar el límite de velocidad?

¿En qué caso se puede rebasar el límite de velocidad?

El exceso de velocidad es la causa más común cuando ocurre un accidente. Esto no es ningún mito, es conocido por todos los usuarios de la vía, ya que, a más velocidad, más probabilidad de sufrir un accidente. También sabemos que, a más velocidad rebasada de un cierto límite, más probabilidad de que, las consecuencias vayan de una lesión grave e incurable, a ser mortal. Otro de los mitos es que se puede rebasar en hasta veinte kilómetros por hora la velocidad máxima permitida, siempre y cuando se utilice para adelantar. Esto es verdad, pero solo existe un caso, y es cuando circulamos por una carretera convencional o secundaria, es decir, las que no son ni autovías ni autopistas. Esto quiere decir que, en carreteras convencionales, si el límite de velocidad es 90 km/h  (antes eran 100 km/h), se puede circular  hasta los 109 km/h o, en el caso de que el titular de la vía considere que un tramo concreto de carretera convencional o secundaria puede soportar con seguridad una velocidad de 100 km/h, el límite (adelantando) sería de 119 km/hora. Por lo tanto, y ahora como recordatorio, en autopistas o autovías, con vehículos tipo turismo, motocicletas, pick-ups, autocaravanas cuya MMA sea igual o inferior a 3.500 kilos, sería a 120 km/hora, y adelantando, también. En todas las vías, por lo general, no solo tenemos las señales, redondas de bordes rojos, fondo blanco y números en color negro, que nos recuerdan los límites de velocidad sino también, tenemos las referencias de los demás usuarios de la vía, que se suelen respetar. Sería ilógico que los demás vehículos vayan...
#PracticaConWeyler ¿Cuál es la máxima velocidad para un cuadriciclo no ligero?

#PracticaConWeyler ¿Cuál es la máxima velocidad para un cuadriciclo no ligero?

¿Cuál es la velocidad máxima para un cuadriciclo no ligero en esta vía? A: 45 km/hora B: 100 km/hora C: 70 km/ hora            ¿Por qué es la tercera respuesta? Esta es la tabla de velocidades en las que casi todos los alumnos fallan a menudo. En vías interurbanas los vehículos que realicen transporte escolar o de mercancías peligrosas, se les reducirá 10 km/h a su velocidad máxima genérica. En vías urbanas y travesías, sólo a los que transporten mercancías peligrosas se le les reducirá 10 km/h a su velocidad máxima genérica, mientras que los autobuses en los que esté permitido que viajen pasajeros de pie solo podrán ir a 80 km/h fuera de poblado. Fuera de poblado: Los vehículos especiales que no lleven luz de freno, arrastren un remolque o sean motocultores tendrán una velocidad máxima de 25 km/h, y los que superen los 60 km/h, podrán ir como mucho a 70 km/h El resto de vehículos especiales sólo podrán alcanzar los 40 km/hora. Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos, si arrastran un remolque o un semirremolque, deben quitar un 10% a su velocidad máxima. Los cuadriciclos ligeros tienen consideración de ciclomotor. Por tanto, su velocidad máxima es de 45 km/hora. Recuerda que respetar los límites de velocidad, más allá de evitarnos multas y sanciones económicas, nos ayudará a preservar nuestra integridad y la de los viandantes y conductores. De cualquier manera, y a sabiendas de que estamos tratando con uno de los aspectos que más cuesta aprenderse a la hora de ir a examen, desde Autoescuela Weyler...

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